¿COMO
ESTANDARIZAR EL USO DE LAS FIRMAS DIGITALES EN EL SECTOR ADMINISTRATIVO?
Firmas
Digitales
Nació como una oferta
tecnológica para acercar la operatoria social usual de la firma ológrafa
(manuscrita) al marco de lo que se ha dado en llamar el ciberespacio o el
trabajo
en redes. Aplica en aquellas áreas donde es importante poder verificar
la autenticidad y la integridad de ciertos datos, por ejemplo documentos
electrónicos o software, ya que proporciona una herramienta para detectar la
falsificación y la manipulación del contenido.
¿QUÉ
ES UNA FIRMA ELECTRÓNICA?
Es un conjunto de datos que
vincula de manera única el documento al usuario y garantiza la integridad del
Documento electrónico. Aporta al mundo digital las mismas características que
la firma autógrafa al mundo real.
¿Para qué se usa?
Garantizar la validez de un
trámite electrónico e imprimir seguridad al envío y respuesta del mismo.
Al firmar electrónicamente
un documento se puede comprobar la integridad y procedencia del mensaje.
Se evita el intercambio de
información que se realiza en Internet, bien sea a través de correos
electrónicos o de cualquier otra operación de mensaje de datos, se hace de
manera más segura y confiable.
Diferencias
Firma Electrónica
Es un concepto amplio e
indefinido desde el punto de vista tecnológico. Es por tanto una expresión más
genérica.
No tiene nada que ver con
las anteriores. Se trata de una simple representación gráfica de la firma
manuscrita obtenida a través de un escáner
Firma Digital
Es aquella firma electrónica
que está basada en los sistemas de criptografía de clave pública.
Con la clave pública
satisface los requerimientos de definición de firma electrónica avanzada
¿Qué valor legal tiene la
Firma Digital?
Para hacer referencia al
instrumento tecnológico, independientemente de su relevancia jurídica,
solicitamos a todos los proveedores de servicios de certificación, divulgadores
de tecnología, consultores, etc. que empleen la denominación correcta según sea
el caso a fin de no generar confusión respecto a las características de la
firma en cuestión.
La firma digital va a
satisfacer los siguientes aspectos de seguridad:
Auditabilidad: permite
identificar y rastrear las operaciones llevadas a cabo por el usuario dentro de
un sistema informático cuyo acceso se realiza mediante la presentación de
certificados
Autenticidad del origen del
mensaje: Esto se logra mediante la inclusión en el documento transmitido de un
valor de autenticación. El valor depende tanto del contenido del documento como
de la clave secreta en poder del emisor.
COMO ESTANDARIZAR EL USO DE
LAS FIRMAS DIGITALES EN EL SECTOR ADMINISTRATIVO:
Tenemos que entre las
principales disposiciones contenidas en el Decreto-Ley Sobre Mensajes de Datos
y Firmas Electrónicas, se encuentran disposiciones que regulan:
El Mensaje de Datos La Firma
Electrónica
LA GESTIÓN DEL ESTADO
VENEZOLANO ANTE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Corresponde a los derechos y
reconocimientos que se otorgan a un autor
La propiedad intelectual
está fijada como una medida de protección a las personas creadoras de
ideas, productos, y cualquier tipo de obra
SERVICIO AUTÓNOMODE LA
PROPIEDADINTELECTUAL – SAPI
En nuestro país el gobierno
venezolano creo un organismo adscrito al ministerio del poder popular para el
comercio, llamado: Sapi servicio autónomo de la propiedad intelectual
Organismo se encarga de todo
lo referente al registro de propiedad intelectual
OBJETIVOS DEL:
Proporcionar seguridad
jurídica a través de la tutela de la Propiedad Intelectual sobre obras
artísticas, científicas, tecnológicas, patentes, denominaciones de origen,
variedades vegetales, marcas y otros signos distintivos.
Incentivar la creación
intelectual protegiendo el Derecho de Autor sobre las obras.
Favorecer la transferencia
de tecnología
Promover el Uso de Tecnologías
y Creaciones Artísticas Libres.
MARCA
La marca
es el signo protegido en virtud de su inscripción en el Registro de la
Propiedad Industrial (SAPI), que pertenece a una persona natural o jurídica y
se utiliza para distinguir productos y/o servicios en el mercado permitiendo su
diferenciación de otras personas que fabriquen o comercialicen el mismo
producto.
A través de ella el consumidor puede conocer
la procedencia del artículo que adquiere para que elija elproducto y/o servicio
de su preferencia; y al titular que comercialice su producto o servicio sin el
riesgo de que se confundan con elementos o servicios análogos, garantizándoles
la reputación y aceptación del mismo.
Patentes
Es un mecanismo
internacionalmente aceptado a través del cual se le otorga a una persona el
privilegio de producir o utilizar en forma comercial el elemento objeto de la
patente durante un periodo de tiempo determinado, una vez concluidos dichos
conocimientos pasan al dominio público
Derecho de autor
Es el derecho que posee el
autor sobre sus creaciones sean obras literarias, musicales, teatrales,
artísticas, científicas o audiovisuales, este derecho nace con el acto de
creación y no por el registro de la obra, sin embargo es importante
registrarlas para reforzar los derechos morales y patrimoniales del creador
Según el marco legal
manejado por el SAPI se considera lo siguiente
Sujetos del Derecho de
Autor: Se considera Autor a la persona natural (persona física) que crea alguna
obra literaria, artística o científica
Objeto del Derecho de Autor:
Es importante señalar, que el derecho de autor protege exclusivamente la forma
mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o
incorporadas a las obras
Duración del Derecho de
Autor: De acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley sobre Derecho de
Autor, dura toda la vida de éste y se extingue a los sesenta (60) años
OBRAS OBJETO DE REGISTRO DE
DERECHO DE AUTOR:
Obras Literarias
Obras Audiovisuales
Obras Radiofónicas
Obras de Arte Visual
Obras Escénicas o
Dramáticas
Obras Musicales
Programa de Computación y
Base de datos
Producciones Fonográficas
Actos y Contratos
Copyright Esta es la licencia más conocida, y por desgracia, la que
más se usa. Se representa mediante una c dentro de un círculo (ver imagen).
Normalmente la única persona que puede hacer lo que le plazca con su obra es el
autor de esta. En otras palabras, la obra tiene dueño y si la quieres, tienes
que pagar por ella además de pedir permiso para utilizarla. Pero demos el caso
de que obtienes la obra de este autor o empresa, pues NO podrás
redistribuirla legalmente, porque el único capacitado para ello es el autor de
la obra, esto es, esta licencia solo te permite tener la obra para uso
personal. Esta es aplicada entre otros:: en
discográficas, libros, obras teatrales, películas y softwares.
Copyleft Esta licencia y la licencia de Creative Commons guardan una similitud casi casi idéntica, esto se debe a que la licencia Copyleft es la “madre” de Creative Commons. Se representa mediante una c invertida dentro de un círculo (ver imagen) y podría ser considerado lo opuesto al copyright. Las obras, en un principio, no tienen ningún límite, por lo tanto: se pueden modificar a una versión mejorada, se pueden compartir con otros usuarios y se puede copiar el contenido. Incluso partiendo desde la obra prima y haciéndole algunas mejoras esa obra Copyleft podría pasar a ser comercial.
Copyleft Esta licencia y la licencia de Creative Commons guardan una similitud casi casi idéntica, esto se debe a que la licencia Copyleft es la “madre” de Creative Commons. Se representa mediante una c invertida dentro de un círculo (ver imagen) y podría ser considerado lo opuesto al copyright. Las obras, en un principio, no tienen ningún límite, por lo tanto: se pueden modificar a una versión mejorada, se pueden compartir con otros usuarios y se puede copiar el contenido. Incluso partiendo desde la obra prima y haciéndole algunas mejoras esa obra Copyleft podría pasar a ser comercial.
Diferencias
1.-Copyleft protege al software libre y no posee reconocimiento legal al día de hoy
2.-Copyleft es abierto y copyright es cerrado.
3.- Mientras copyright restringe los derechos de copia,distribución,difusión pública, etc, el copyleft,mediante las licencias de la LPI cede estos derechos al público.
1.-Copyleft protege al software libre y no posee reconocimiento legal al día de hoy
2.-Copyleft es abierto y copyright es cerrado.
3.- Mientras copyright restringe los derechos de copia,distribución,difusión pública, etc, el copyleft,mediante las licencias de la LPI cede estos derechos al público.
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